COlciencias
Fecha: 
07/05/2019 - 10:34am
  •  Con las estrategias contenidas en le Plan Nacional de Desarrollo, se construirá una senda de incentivos que jalonará la meta de duplicar la inversión pública y privada en actividades de ciencia, tecnología e innovación.
  • Con la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, se avanza en la consolidación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Bogotá, mayo del 2019. Con la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, se reitera el compromiso del gobierno del presidente de la República, Iván Duque Márquez, de impulsar a Colombia por la senda de las sociedades basadas en el conocimiento, creando nuevos instrumentos tributarios y financieros para que los actores, públicos y privados del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación -CTeI-, dupliquen la inversión actual en actividades de CTeI, hasta alcanzar la meta del 1,5% del PIB.
 
En el proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República el 2 de Mayo de 2019, se honran los compromisos del actual gobierno con el sector de la CTeI, y se encuentran consignados en los siguientes diez (10) artículos del plan:
 
Regalías (art 56)
En el marco del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Sistema General de Regalías, el mayor recaudo de regalías del bienio anterior y que ascendió a 353.750 millones de pesos, podrá ser ejecutado por los actuales Gobernadores este mismo año. Estos recursos apalancarán las convocatorias de ley ordenadas en los artículo 45 y 53 de la ley 1942 de 2018: Convocatoria de las becas de excelencia doctoral del bicentenario y la del fortalecimiento de capacidades de investigación de las IES públicas.
 
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (art 132 y 133)

Se fusionará Colciencias en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cual continuará con la misma denominación y como organismo principal de la Administración Pública del Sector de CTeI. Uno de sus objetivos generales será formular la política de CTeI, impulsar el desarrollo científico, tecnológico y la innovación de la Nación, entre otros. 
  
 
Beneficios Tributarios (art 173,175 y 176)

En lo relacionado a beneficios tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, desde el Plan Nacional de Desarrollo se ha propuesto mecanismos para diversificar este instrumento, uno de ellos busca que las Mipymes accedan a este instrumento, gracias a la creación de un crédito fiscal por el 50% de la inversión realizada en proyectos de I+D+i calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT), el cual podrá solicitarse como TIDIS que son negociables.

De igual manera, y para contribuir a cerrar la brecha de doctores en el sector empresarial el plan nacional contempla que las empresas podrán solicitar como deducción del 100% y descuento del 25% la remuneración de los nuevos doctores que se vinculen a las empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i. 

Se habilitó la posibilidad de realizar donaciones al Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Francisco José de Caldas, recursos que serán destinados para el financiamiento de programas y proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación aprobados por el CNBT, esta herramienta se convierte en una posibilidad para que el sector privado apoye el avance de la ciencia, la tecnología y la innovación.
 
Bienes Intangibles y derechos de autor (art 172 y 174)

Las entidades públicas que sean titulares de bienes intangibles y derechos de propiedad intelectual podrán negociar su explotación comercial. Los beneficios o regalías que se generen de la explotación comercial deberán ser destinados para el apoyo e inversión a los programas, proyectos, actividades e iniciativas de ciencia, tecnología e innovación – CTeI- de la entidad pública. 

En los casos de proyectos de investigación y desarrollo de CTeI y de tecnologías de la información y las comunicaciones, el Estado como titular de los derechos de propiedad intelectual podrá ceder dichos derechos a través de la entidad financiadora y autorizará su transferencia, comercialización y explotación a quien ejecute el proyecto. En caso de que el ejecutor llegue a obtener ganancias económicas o alguna explotación comercial, deberá asignar por mutuo acuerdo un porcentaje de las ganancias obtenidas al Estado, recursos que serán destinados a actividades de CTeI.
 
Líneas de crédito (art 170)

Se destinarán recursos públicos que pertenezcan a fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación para apalancar inversión privada en actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, haciendo uso de líneas de crédito a través entidades financieras de segundo piso.Sistema Nacional de Competitividad e Innovación – SNCI (art 177)

Se creará el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación – SNCI con el objetivo de fortalecer la competitividad , en el marco de este sistema y a través de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, se articularán sistemas como  el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI; el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria – SNIA; entre otros sistemas, órganos e instancias relacionadas con competitividad , productividad e innovación, y coordinar la elaboración, implementación y seguimiento de la agenda Nacional de Competitividad e Innovación. 

Este plan consagra los instrumentos y estrategias que permitirán la articulación entre el gobierno nacional y los gobiernos locales, junto a las universidades, empresas y en general entre los actores de todos los sectores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, para cumplir con la meta del plan propuesta por el presidente de la República, Iván Duque Márquez, de conseguir al final del 2022, una inversión de 1.5% del PIB en ACTI, logrando con ello una Colombia con Equidad.