Figura jurídica para proveer transitoriamente las vacantes que se presenten en la administración de forma temporal o definitiva, las cuales cuando se trata de cargos de carrera, deben ser provistas preferentemente con quienes ostentan derechos de carrera y ejercen un cargo inmediatamente inferior y además acreditan las siguientes condiciones señaladas por la Ley 909 de 2004: a) cumplir los requisitos para desempeñar el empleo superior, b) poseer las competencias y destrezas para ejecutar las labores del empleo, c) que en el último año de servicios no haya sido sancionado disciplinariamente, d) haber alcanzado un nivel sobresaliente en su última calificación, e) que el empleo exista en la respectiva planta de personal.