Para seleccionar a los investigadores que conformarán las ternas de las cuales el Presidente de la República designara los miembros que integrarán el Consejo Científico Nacional, se ha diseñado un proceso de tres etapas:

Ilustración de las etapas del proceso

Una primera etapa denominada “preselección”: tiene por objetivo principal identificar y seleccionar a través de postulaciones en un formulario a  6 miembros por cada cupo de los 10 que son seleccionables: ocho cupos se destinarán a investigadores (uno por cada uno de los focos), y los dos cupos restantes se asignarán  a investigadores de la siguiente manera: Un (1) cupo para un investigador en cualquiera de los focos del conocimiento que haya tenido o tenga relacionamiento cercano con procesos de CTI en el sector productivo-empresarial  y otro (1) cupo para un investigador en cualquiera de los focos del conocimiento que haya tenido o tenga relacionamiento cercano con comunidades u organizaciones sociales, o en procesos de apropiación social del conocimiento.

Para el proceso de preselección de los 6 candidatos se conformará un comité ad hoc liderado por la Dirección de Generación de Conocimiento (DGC) del  Ministerio, y tendrá como principio propender porque al menos 1/3 de dichos candidatos estén afiliados a instituciones por fuera de Bogotá o pertenezcan a alguno de los grupos priorizados por el enfoque diferencial en alguna de sus dimensiones cultural, étnica, de género, con condiciones de discapacidad que respondan a los enfoques participativo, territorial y diferencial de la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONPES 4069/21).
 
En caso de no encontrar el perfil adecuado en las postulaciones, con base en análisis cienciométricos, el Ministerio hará una invitación directa a los investigadores registrados en la plataforma CvLAC que cumplan con los requisitos mínimos obligatorios que sean verificables mediante dicha plataforma.

La segunda etapa “Selección de ternas”, tiene como objetivo cumplir con el lineamiento del artículo 19, Parágrafo 1.  del decreto 1666 que señala: “El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación elaborará las ternas con apoyo de los sectores administrativos de acuerdo con los focos del conocimiento”. Para tal efecto el MinCiencias definirá las ternas en compañía de delegados de entidades del orden nacional cabezas de sector de los focos del conocimiento priorizados por el Gobierno Nacional, y con el fin de dar participación también a instancias no gubernamentales, por tres académicos que serán representantes de las universidades, la Misión de Sabios  y las Academias. Los miembros de este equipo asesor harán previamente una declaración de conflicto de intereses. En este proceso se aplicará el mismo modelo que en la primera etapa, propendiendo porque 1 de los 3 ternados para cada cupo represente las regiones o algún grupo priorizado por el enfoque diferencial.

Una última etapa, denominada “designación” tiene como propósito entregar por parte del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación las ternas con los posibles miembros del Consejo Científico Nacional (CCN) al Presidente de la República para la designación de los 10 miembros.