Comunicado público

Fecha:
28/07/2026 - 10:44am
Ante las manifestaciones formuladas por algunos rectores de Instituciones de Educación Superior respecto del proceso de elección de sus representantes ante el Consejo Nacional de Política de Ciencia, Tecnología e Innovación —CONACTI—y de la escogencia de la terna para que el Consejo de Educación Superior – CESU- elija a su representante ante la Universidad Nacional, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio de Educación Nacional, precisan lo siguiente:
1. El Ministerio de Ciencia ejerce la Secretaría Técnica del CONACTI, instancia de pensamiento estratégico del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. El CONACTI es una instancia colegiada que está conformada por representantes del Gobierno Nacional, la academia, el sector productivo y empresarial.
2. El Ministerio de Ciencia hizo una invitación abierta y pública a las instituciones de educación superior públicas y privadas del país, con el fin que en el marco de su autonomía escogieran a su delegado ante el CONACTI. La norma establece que el medio de publicidad es el aviso y el enlace dispuestos en la página web institucional, y esto lo cumplió a cabalidad el Ministerio haciendo las respectivas publicaciones. En consecuencia, la información documentada permite determinar que no existió una imposibilidad de participación y confirma que la convocatoria estuvo materialmente disponible para los rectores de las Instituciones de Educación Superior, cuyos resultados y soportes pueden ser consultados por los canales oficiales dispuestos por la entidad.
3. Por otro lado, tras el sensible fallecimiento del profesor Emérito Víctor Manuel Moncayo, quien ejercía como delegado del CESU ante la Universidad Nacional, se hizo necesario adelantar por parte del CONACTI el proceso de escogencia de la terna para que el CESU efectúe la elección del nuevo delegado. Del mismo modo, desde el 10 de marzo la Secretaría del CESU solicitó al CONACTI la conformación de la terna para adelantar el proceso de designación. La misma la reiteró ante el CONACTI el 12 de mayo.
4. El reglamento del CONACTI establece con absoluta claridad que el CONACTI podrá decidir sobre cualquier asunto, lo cual incluye la escogencia de la terna mencionada, con la presencia mínima de 8 miembros, requisito que para el caso de la escogencia de la terna se cumplió con creces. La terna fue aprobada por la mayoría de los integrantes del CONACTI.
5. El Ministerio de Ciencia ha cumplido a cabalidad con los requisitos legales y reglamentarios en el ejercicio de su función como secretaría técnica del CONACTI.

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