Oficina de Control Interno (OCI)
Comunicado No. 1 de 2024 - OCI
Objetivos del sistema de Control Interno (OCI).
Atendiendo los principios constitucionales a la luz de la Ley 87 de 1993 que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientará al logro de los siguientes objetivos fundamentales:
A. Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten;
B. Garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional;
C. Velar porque todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad;
D. Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión organizacional;
E. Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros;
F. Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos;
G. Garantizar que el Sistema de Control Interno disponga de sus propios mecanismos de verificación y evaluación;
H. Velar porque la entidad disponga de procesos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional, de acuerdo con su naturaleza y características.Roles que debe desempeñar la OCI
Roles que debe desempeñar la OCI
Procedimiento de Auditorias, Seguimientos o Evaluaciones -E201PR01
Estatuto Auditoria y Código de Ética del Auditor Interno:
Comité Institucional de Coordinación de Control Interno:
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