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Término Descripción
CONSEJO NACIONAL DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN CTeI (CNBT) El consejo Nacional de Beneficios Tributarios en CTeI es el órgano encargado de las funciones de otorgamiento y calificación de proyectos como de carácter científico, tecnológico y de innovación con el objetivo de acceder a los estímulos tributarios definidos por ley. Fue creado por la Ley 1286 de 2009 y reglamentado mediante Decreto 121 de 2014. Como integrantes del CNBT se encuentra el Ministro del Ciencia, Tecnología e Innovación quien lo preside, un delegado del Ministerio de Hacienda y crédito público o de la Dirección de impuestos y aduanas Nacionales (DIAN), un delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, un delegado del Ministerio de las TIC, un delegado del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y dos expertos en Ciencia, Tecnología e Innovación
CONSEJOS NACIONALES DE CTeI Los Consejos de los Programas Nacionales son organismos de asesoría, consulta orientación y coordinación de políticas, estrategias e instrumentos de los respectivos Programas. Los Consejos de Programa actúan en coherencia con los planes, programas y proyectos estratégicos del Sistema Nacional de CTeI. Llevan a cabo la planeación a corto, mediano y largo plazo, previendo un horizonte de proyección de al menos 10 años, con cortes de seguimiento cada dos (2) años.
CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS Conjunto de medidas preventivas o correctivas adoptadas para asegurar la integridad física y funcional de los documentos de archivo.
CONSERVACIÓN PREVENTIVA DE DOCUMENTOS Conjunto de estrategias y medidas de orden técnico, político y administrativo orientadas a evitar o reducir el riesgo de deterioro de los documentos de archivo, preservando su integridad y estabilidad.
CONSULTA DE DOCUMENTOS Acceso a un documento o a un grupo de documentos con el fin de conocer la información que contienen
Contactos de los Terceros Son los terceros que van a interactuar en un proceso determinado, tanto internos como externos.
CONTINGENCIA Un evento o una ocurrencia que podría afectar la ejecución del proyecto y que puede tenerse en cuenta como una reserva (PMI, 2017)
Contingencia Hechos, condiciones o circunstancias que implican incertidumbre en relación con posibles derechos u obligaciones de la entidad contable pública, cuya existencia o no ocurrencia de uno o más eventos inciertos en el futuro.
CONTRAPARTIDA Son los recursos aportados por los ejecutores y coejecutores para la realización de un proyecto de Ciencia, Tecnología e Innovación. Las contrapartidas pueden ser en efectivo o en especie.
Contratista/Conviniente Para efectos de este procedimiento, se hará referencia a contratista/conviniente como la persona natural o jurídica que junto con el Ministerio ha suscrito el contrato/convenio (respectivamente), siendo en conjunto las partes del contrato/convenio. El contratista/conviniente es el destinatario de la liquidación, llamado a realizarla conjuntamente con el Ministerio.
CONTRATO DE ACCESO A RECURSOS GENETICOS O PRODUCTOS CERIVADOS Es la autorización para la obtención y utilización de los recursos genéticos conservados en condiciones ex situ e in situ de sus productos derivados o de ser el caso, de sus componentes intangibles, con aprovechamiento comercial entre otros.
CONTRATO DE APRENDIZAJE es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado.
CONTRATO DE FIDUCIA MERCANTIL Es un contrato en el cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra, llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Es una forma de vinculación laboral a una persona para que, por la idoneidad o especialidad de su perfil, preste un servicio
Contrato Derivado Es aquel que se suscribe con el fin de financiar una propuesta, programa o proyecto  de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuyos recursos provienen del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Francisco José de Caldas.
CONTRATO ESTATAL Es todo acto jurídico generador de obligaciones suscrito por una entidad u organismo del Estado.
CONTRATO INDEFINIDO Es un contrato, en el cual no tiene un término definido de duración en el tiempo.
CONTRATO LABORAL Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Contrato/Convenio Contratos y convenios son acuerdos de voluntades suscritos entre dos o más partes, siendo estas personas jurídicas o naturales, a través de los cuales se obligan recíproca o conjuntamente sobre materias o cosas determinadas, a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Sin perjuicio del detalle de las diferencias que se encuentran en la ley y la jurisprudencia, en términos generales, el contrato se caracteriza por ser un acuerdo de voluntades que obliga a una de las partes a cambio de una contraprestación, mientras en virtud del convenio las partes aúnan esfuerzos para lograr un objetivo de interés común, con obligaciones equivalentes y recíprocas. Según su objeto y su naturaleza, los contratos y convenios objeto de este procedimiento son de CTeI, cuando están sometidos a las normas que regulan esta materia y al derecho privado, como en el caso de los convenios especiales de cooperación de CTeI.
Contratos que No requieren cierre o liquidación • Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión (de acuerdo al mencionado artículo 217 del Decreto 019 de 2012), "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
• Contratos suscritos bajo la modalidad de banca multilateral

Independientemente de lo anterior, estos contratos/convenios deberán liquidarse si: 1) Incluyeron la cláusula de liquidación; 2) Si se requiere realizar ajustes, revisiones o reconocimiento para poder declararse a paz y salvo o liberar saldos no ejecutados.
Contratos/convenios que no requieren liquidación pero requieren cierre ​Los contratos/convenios para los que no es obligatoria su liquidación requieren en todo caso un informe final de supervisión para dar cierre al cumplimiento de las obligaciones. Estos contratos/convenios pueden ser:

• Contratos de compraventa
• Contratos de crédito educativo siempre y cuando cuenten con: resolución de condonación del 100%, paz y salvo u otro documento que certifique que no hay saldos pendientes. Independientemente de lo anterior, estos contratos/convenios deberán liquidarse si: 1) Incluyeron la cláusula de liquidación; 2) Si se requiere realizar ajustes, revisiones o reconocimiento para poder declararse a paz y salvo o liberar saldos no ejecutados.
Contratos/convenios que requieren liquidación Por regla general, se liquidan los contratos/convenios de tracto sucesivo o aquellos cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo. Para mejor entendimiento de esta definición legal, estos pueden ser: • Contratos en los que las obligaciones y derechos nacen a medida que se va avanzando en su cumplimiento. • Contratos que imponen a las partes prestaciones sucesivas y repetidas y que sólo pueden cumplirse con el paso del tiempo. • Contratos en los que se pactan entregas periódicas de obras, bienes o servicios. • Contratos de recuperación contingente. • Contratos de administración de proyectos. • Convenios especiales de cooperación.

Adicionalmente, se liquidan los demás convenios/contratos que lo requieran. Para facilidad en la toma de decisión pueden entenderse como tales aquellos en los que: • Existen saldos a favor de alguna de las partes. • Opera la terminación anticipada. • Se han presentado problemas o inconvenientes en la ejecución, entre otros.

Independientemente de lo anterior y de la naturaleza, objeto o características del contrato/convenio, si no se incluyó en este la cláusula de liquidación, el mismo deberá liquidarse.

Cuando se tenga duda sobre la necesidad de acudir a la liquidación de un contrato o convenio se podrá pedir concepto al área responsable de liquidar según las competencias delegadas (De acuerdo a lo establecido en la resolución de delegación de funciones de la Entidad vigente a la fecha). En todo caso, los contratos/convenios deben contar con informe final de supervisión o evaluación.
CONTROL Medida que modifica el riesgo (procesos, políticas, dispositivos, prácticas u otras acciones).
CONTROL Medida que modifica el riesgo (procesos, políticas, dispositivos, prácticas u otras acciones).
CONVOCATORIA Mecanismo a través del cual se podrán seleccionar propuestas que sean objeto de apoyo financiero, reconocimientos y/o estímulos para promover actividades y proyectos en CTeI, los cuales se asignan mediante un proceso de evaluación y selección, con base en criterios de mérito y calidad.
Convocatoria de personal La convocatoria es norma reguladora de todo concurso y obliga tanto a la administración como a las entidades contratadas para realizar el concurso, teniendo como principio rector el mérito.
CONVOCATORIAS PÚBLICAS, ABIERTAS Y COMPETITIVAS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS Se entiende por convocatoria pública, abierta y competitiva el proceso a través del cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en calidad de Secretaría Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión de Ciencia, Tecnología e Innovación realiza una invitación a entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación-SNCTI, con el propósito de conformar un listado de proyectos elegibles a través de un proceso de evaluación que permita seleccionar los proyectos de inversión que atiendan a las demandas territoriales (#2 ARTÍCULO  1.2.3.1.1. Decreto 1821 de 2020).
Creación de Valor Público Eje temático establecido dentro del Plan Nacional de Formación y Capacitación 2020 - 2030, este eje está orientado a la capacidad que tienen los servidores para que, a partir de la toma de decisiones y la implementación de políticas públicas, se genere satisfacción al ciudadano y se construya confianza y legitimidad en la relación Estado-ciudadano. Dentro de este eje temáticos se sugieren los siguientes temas desde el saber, saber hacer, saber ser:

a. Saberes: Gestión pública orientada a resultados (orientado a los niveles directivos de las entidades, así como los de elección popular y miembros de corporaciones públicas), Gerencia de proyectos públicos, Formulación de proyectos bajo la metodología general ajustada (MGA), Formulación de proyectos con financiación de cooperación internacional, Esquemas de financiación para proyectos a nivel territorial y de desarrollo urbano, Marcos estratégicos de gestión, planeación y direccionamiento, Modelos de planeación y gestión implementados en cada entidad pública y su interacción con los grupos de interés, Competitividad territorial, Crecimiento económico y productividad, Catastro multipropósito.

b. Saber hacer: Desarrollo de procesos, herramientas, estrategias de control para cada una de las líneas de defensa que establece el modelo estándar de control interno (MECI), Procesos de auditorías de control interno efectivos, con apoyo en las tecnologías de la información y análisis de datos que generen información relevante para la toma de decisiones, Seguridad ciudadana, Biodiversidad y servicios eco-sistémicos, Gestión del riesgo de desastres y cambio climático, Modelos de seguimiento a la inversión pública y mediciones de desempeño, Construcción de indicadores, Evaluación de políticas públicas, Esquemas asociativos territoriales, Análisis de impacto normativo.

c. Saber ser: Participación ciudadana en el diseño e implementación de políticas públicas, Incremento de beneficios para los ciudadanos a partir de la generación de productos y servicios que den respuesta a problemas públicos, Marco de políticas de transparencia y gobernanza pública, Transversalización del enfoque de género en las políticas públicas, Focalización del gasto social, Lenguaje claro, Servició al ciudadano."                                              
CRÉDITO EDUCATIVO CONDONABLE Mecanismo a través del cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, entrega recursos financieros para apoyar la realización de estudios de maestría o doctorado. Bajo esta modalidad, el crédito educativo puede ser condonable total o parcialmente previo cumplimiento de las condiciones establecidas para ello en el Reglamento de Condonación.
Crédito educativo condonable para educación formal Apoyos económicos para adelantar estudios de educación formal que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación financiará a los servidores públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción, y provisionales a través de un Crédito Educativo Condonable, siempre y cuando el Ministerio cuente con disponibilidad presupuestal, y los servidores públicos acrediten los requisitos para su condonación.
Criterios conceptuales de autoridad Son los que profieren las entidades públicas que tienen competencias de carácter técnico y especializado, al igual que los pronunciamientos judiciales que responden a interrogantes específicos formulados por el Gobierno nacional, como los de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Conceptos e indicadores que definen “qué evaluar” en las propuestas. Los criterios de evaluación, así como sus definiciones y pesos relativos pueden variar en función del objetivo de los mecanismos de operación de CTeI, por lo cual se especifican en las condiciones de cada uno de estos
CTeI Ciencia Tecnología e Innovación.
CTeI: Ciencia, Tecnología e Innovación.
Cuenta por pagar por incapacidades Son aquellos derechos exigibles por parte del Ministerio de CTeI a las EPS y/o ARL producto del pago realizado a un funcionario por una incapacidad de origen común, de origen profesional, licencia de maternidad, entre otras, siempre y cuando en estos se establezca un valor pendiente por reembolso al Ministerio de CTeI
Cuentadante Responsable de Caja Menor, quien responderá por el incumplimiento de su legalización oportuna y del manejo del dinero que se encuentre a su cargo, sin perjuicio de las demás acciones legales a que hubiese lugar.

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